Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:
El listado de patentes de corredores y notarios públicos otorgadas, en términos de la Ley respectiva; así como sus datos de contacto, la información relacionada con el proceso de otorgamientode la patente y las sanciones que se les hubieran aplicado.
- Fecha de creación: 30 Junio 2024
- Vigencia: 29 Septiembre 2024
- Validación: 20 Noviembre 2024
- Autoridad que la crea o remite: Secretaría de Bienestar e Igualdad Social
No aplica.
En virtud de la normativa vigente en la Ciudad de México, la atribución y facultad de llevar a cabo el otorgamiento de patentes de corredores y notarios públicos recae en la Consejería Jurídica y de Servicios Legales. En este sentido, la Secretaría de Inclusión y Bienestar Social no cuenta con información.